La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió a favor del recurso presentado por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) en contra de las Zonas Especiales de Desarrollo (ZEDES). Con esta resolución, se declaró la inconstitucionalidad del artículo 34 de la Ley Orgánica de las ZEDES, en la forma “EX NUNC”, lo que implica que sus efectos serán retroactivos desde su origen.
La Sala Constitucional argumentó que el artículo 34 vulneraba atribuciones exclusivas conferidas por la Constitución de la República. En su fallo, se declaró que dicho artículo, parte del Decreto 120-2013 aprobado por el Congreso Nacional el 12 de junio de 2013, es inconstitucional, dado que contravenía la Carta Magna al permitir que las ZEDES aplicaran sus propias políticas educativas y curriculares en todos los niveles.
La abogada General de la UNAH, Aida Romero, expresó que el artículo 34 infringía varios artículos de la Constitución, en particular aquellos relacionados con la educación superior. Según Romero, esta disposición afectaba directamente la autoridad de la UNAH, que tiene el derecho exclusivo de dirigir, organizar y desarrollar la educación superior y profesional en el país, conforme al artículo 160 de la Constitución.
La resolución del fallo marca un precedente importante en la defensa de la autonomía universitaria y el respeto a la Constitución. La UNAH ha sido firme en su posición de que cualquier intento de modificar o influir en la educación superior debe respetar el marco constitucional y no puede ser decidido unilateralmente por las ZEDES.