Según el informe preliminar del tribunal superior de cuentas (TSC), los pagos por compras efectuadas pendientes de realizar por parte de Copeco en el periodo comprendido entre el 17 de marzo al 4 de abril de 2020, dicho periodo en el que el TSC no había instado la comisión de auditores, quienes realizan estos acompañamiento en los procesos de compra.
Documentación recibida por Copeco
-Cheques revisados y pagados: estos reflejan deficiencia en el control interno serían 105 cheques que suman 49, 011,281.21 lempiras pero el valor pagado de los mismos son 32, 348,893.21, no se sabe ¿Quién? (departamento que solicito la compra, o quien ordeno iniciar el trámite). ¿Qué tipo de negociación o precio se dio en el comprador? Proveedor, este no está registrado en (ONCAE), solo presentan constancia de trámite de registrar, algunas veces hasta vencida, además empresas contratadas con un giro totalmente distinto al que deben dedicarse.
No se sabe el destino final de algunos bienes adquiridos por dicha institución, no se sabe si se compró para mantener un inventario, o su fin específico, no se establecen tiempos de entrega.
Documentos faltantes de trámite interno:
*Solicitud de compra, esta debe ser generada del área donde surge la necesidad
*Evidencia del proceso de compra: como ser cotizaciones, negociaciones de precios, acta de recepción de almacén.
*orden de pago: lo que sería un incumplimiento en los procesos de compra como lo establece la ley.
*faltan los cheques 0062-0106 y 0107 los mismos solicitados a la administración de Copeco y no han sido presentados, además la documentación presentada no refleja ningún pago por compras en el exterior, como ser el hospital de aislamiento, mascarillas u otros.
Cabe destacar que el Tribunal Superior de Cuentas (TSC). Solicito dicha información al Señor Ministro, quien hasta el momento no ha entregado nada a la comisión auditora, por lo que dicho ende realizara las investigaciones, y de encontrarse irregularidades que afecten el patrimonio del estado, se emitirá el informe pertinente asi como la responsabilidad civil, y de existir indicios de responsabilidad penal, se remite al Ministerio Publico (MP), y una vez se firmen los pliegos de responsabilidad civil, serán remitidos a la Procuraduría General de la Republica (PGR).