Pase vehicular. El Gobierno de Martín Vizcarra anunció el último jueves 30 de abril el nuevo permiso vehicular de libre tránsito para los trabajadores de los sectores afectados durante el Estado de Emergencia Nacional. Aquí puedes tramitar el paso de tránsito hoy miércoles 6 de mayo.
De acuerdo a los ministerios del Interior y de Defensa, el pase personal laboral continuará rigiendo las normas decretadas mientras dure la inmovilización social. Aquellos ciudadanos que cuenten con dicho salvoconducto podrán gestionar el pase vehicular en la página web del Gobierno.
¿Cómo solicitar el pase vehicular?
CONTENIDOS DE LA PAGINA
El trámite se realiza mediante la página web https://www.gob.pe/paselaboral. Una vez que ingresas tienes que leer las condiciones y seleccionar la opción «Solicitar pase».
¿Cuánto tiempo dura el permiso especial vehicular?
El pase vehicular de libre tránsito es entregado por la Policía Nacional del Perú (PNP) y será vigente por cuatro días, luego de ese tiempo podrán actualizarlo. Se utilizará desde las 5:00 a.m. a 6:00 p.m., ya que, después de ese horario inicia la inmovilización social obligatoria.
¿Dónde renovar el pase vehicular?
Para renovar pase vehicular tienes que ingresar a la plataforma del permiso personal laboral y hacer clic en la alternativa «Si ya cuentas con uno, podrás buscarlo y renovarlo». Dicha opción se ubica en la parte inferior del sitio web.
Pase vehicular y pase de tránsito: Requisitos y condiciones
1. El Pase Laboral riguroso acuerdo de acuerdo a las normas estipuladas mientras dure el Estado de Emergencia Cabe indicar que este pase NO autoriza el uso de vehículos particulares.
2. Aquellas personas que ya cuenten con el Pase Laboral y requieran trasladarse en vehículos, podrán gestionar un Pase Vehicular en el mismo enlace del Pase Laboral, luego de la renovación respectiva, ingresando su número de placa, y se aplicará solo para los siguientes casos:
a. Vehículos pertenecientes a los servicios de Alimentación (Adquisición, producción, abastecimiento) y distribución para la venta al público.
si. Vehículos pertenecientes al personal del sector Salud.
C. Vehículos pertenecientes a las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.
re. Vehículos pertenecientes a las empresas dedicadas a los servicios públicos y bienes y servicios esenciales que den continuidad a los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recuperación de residuos sólidos.
mi. Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y empresas de distribución de periódicos y revistas, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones o para el traslado de sus domicilios a su centro de trabajo.
F. Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center), solo para servicios vinculados a la emergencia COVID-19 y específicamente acreditados.
sol. Vehículos que realizaron el servicio de traslado de choferes de Transporte Urbano Masivo de pasajeros.
h. Vehículos que realizan el traslado del personal de Serenazgo y Fiscalización de los Gobiernos Locales.
yo. Vehículos del servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
j. Vehículos que transportan caudales hasta las 20:00 horas.
k. Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros.
3. Aquellas personas que transitan en vehículo, además de llevar a cabo el Pase Vehicular visible en el parabrisas delantero, requerir portar su Pase Personal Laboral, su fotocheck y su DNI.
4. Los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos en ejercicio de sus funciones pueden circular con vehículos particulares debidamente identificados.
5. Las personas que tienen que asistir a los dispositivos de salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, pueden circular con su vehículo particular.
6. Durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos necesarios transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, una velocidad no mayor de 30 km / h.
7. Para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras, solo podrá hacerlo una persona por familia y NO está permitido el empleo de vehículos particulares.
WWW.GOP.PE Pase Laboral
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Para trabajadores del sector salud, alimentos y seguridad ciudadana.